El Derecho inmobiliario o Derecho de bienes lo podemos definir como “el conjunto de normas que regulan las formas de inscripción de los actos y contratos relativos al nacimiento, transmisión, modificación y extinción de los derechos y de las relaciones jurídicas dotadas de trascendencia real a través de su publicación en el Registro de la Propiedad”. Es, por tanto, el Derecho que se encarga de regular todo lo relacionado con los bienes inmuebles. Su regulación es especial y se caracteriza por el hecho de que los actos y contratos, que tienen por objeto dichos bienes, son solemnes y los bienes inmuebles están sujetos a un sistema registral.

Así mismo, El Registro de la Propiedad es una institución jurídica en sí misma que tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles. Su publicidad registral trata de conseguir la seguridad de la propiedad inmueble y del tráfico jurídico sobre la misma. Esto es lo que se conoce como El Derecho Hipotecario. Distingue entre bienes muebles e inmuebles, y tiene por finalidad establecer un régimen más exigente para los bienes inmuebles, en lo relativo a:

  • La capacidad dispositiva.
  • La forma de los actos.
  • La publicidad, que se organiza en torno al Registro.

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