DERECHO CIVIL, es la rama del Derecho que regula las relaciones privadas civiles entre las personas. Constituye el conjunto de normas jurídicas que regula los aspectos relativos a la personalidad, la familia y las relaciones patrimoniales. Sin duda alguna es una de las ramas más importantes del ordenamiento jurídico, dado que aborda los actos, relaciones y circunstancias jurídicas cotidianas que se dan en el día a día.

Este área abarca las obligaciones y contratos (compraventa, arrendamientos, permuta, contrato de obra, contrato de servicios, mandato, comodato, préstamo, depósito, fianza, prenda, hipoteca), la responsabilidad civil contractual y extracontractual, la propiedad (servidumbres, comunidades de bienes, propiedad intelectual, propiedad horizontal -comunidades de propietarios-) y la posesión, el usufructo, el derecho de familia (matrimonio, separaciones, divorcios, pensiones de alimentos, relaciones paterno-filiales, adopción, guarda y acogimiento de menores, régimen económico matrimonial, capitulaciones matrimoniales, liquidación de la sociedad de gananciales), incapacitación de las personas, tutela y curatela, donaciones y sucesiones (herencia intestada o con testamento, aceptación o repudiación de la herencia, partición), división de patrimonios.

La función de nuestros abogados resulta esencial para, mediante el asesoramiento, anticiparse a los problemas. De igual modo podrán facilitar la mejor solución para sus intereses ante conflictos que se puedan plantear.

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