Se pública el Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal. A grandes rasgos, estas son las claves del texto que tramita el Gobierno:

A. Introducción de los denominados planes de reestructuración, eliminando los actuales instrumentos preconcursales (acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago).

B. Introduce un procedimiento de insolvencia único y especialmente adaptado a las necesidades de las microempresas, caracterizado por una simplificación procesal máxima. 

C. Configura un procedimiento de segunda oportunidad más eficaz.

Contempla las siguientes previsiones:

1.Modelo de solicitud de declaración de concurso voluntario de acreedores, que será accesible por medios electrónicos sin coste alguno en la página web del Ministerio.

2.Plataforma electrónica de liquidación de bienes. La plataforma consistirá en un portal público electrónico para la venta de los activos de las empresas en liquidación, que incluirá un catálogo integrado por los bienes que vayan siendo añadidos a través de comunicación por los deudores o por los liquidadores concursales tras la apertura de un procedimiento especial de liquidación.

3.Programa de cálculo automático del plan de pagos, con inclusión de distintas simulaciones de plan de continuación, que será accesible en línea sin coste para el usuario.

4.Formularios oficiales del procedimiento especial de microempresas, que serán accesibles en línea, sin coste, en la dirección electrónica que se determinará en el momento pertinente.

5.Web para el autodiagnóstico de salud empresarial, que permita a las pymes testar en todo momento su situación de solvencia.

6.Portal de liquidaciones en el Registro público concursal.

7.La aprobación de los Reglamentos de la administración concursal, Registro Público Concursal, Estadística concursal y Servicios de asesoramiento a empresas en dificultades.

 


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