El 2 de agosto de 2021 era la fecha límite para que los Estados miembro llevasen a cabo la implementación del nuevo modelo de Documento Nacional de Identidad Electrónico 4.0, modelo estandarizado a nivel europeo.
De esta manera y con un plazo de 2 meses de antelación a la fecha señalada, España ya cumplía con los criterios establecidos en el Reglamento UE 2019/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, sobre el refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos de la Unión y a los miembros de sus familias que ejerzan su derecho a la libre circulación, facilitando progresivamente a todos los ciudadanos el nuevo formato europeo de DNI electrónico 4.0, que además de incorporar todas las medidas de seguridad y de usabilidad del anterior formato 3.0, tiene un nuevo diseño del propio soporte, añadiendo básicamente la obligatoriedad de aparición de la bandera de la Unión Europea, con las siglas en su interior del país que emite el documento, y la indicación del título de Documento Nacional de Identidad en al menos otra lengua oficial de la Unión, escogiendo España el inglés como segunda lengua.
Se debe destacar también que el nuevo modelo incluye como seguridad una imagen facial del titular del mismo, debiendo esta cumplir con los requisitos habituales (tamaño carnet, visibilidad completa de la cara, etc.), y dos impresiones dactilares del titular en formato digital.
Este nuevo formato ha sido inaugurado por el ministro del Interior el pasado día 2 de junio en la Unidad de Documentación de la Comisaría de Policía Nacional de Móstoles (Madrid) y se ha ido implementando paulatinamente en todas las Unidades de Documentación de toda España, para que a partir de hoy, 2 de agosto de 2021, todas la Unidades de Documentación expidan el nuevo formato europeo de DNI electrónico para todos los ciudadanos españoles.
Por último, tener en cuenta que el Reglamento de ejecución anteriormente mencionado establece que los DNIs que no cumplan con los requisitos del nuevo modelos dejarán de ser válidos en cuanto expiren o, como fecha última, el 3 de agosto de 2031.
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