En el 100% de los casos mejoramos la indemnización por accidente que te ofrece la aseguradora

Si lo deseas puedes consultar las cuantías indemnizatorias fijadas por la Ley 35/2015 de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas.

Sin embargo, teniendo en cuenta que el baremo de indemnización por accidente incluye variados supuestos, lo mejor es que contactes con Recursos Legales Abogados para que analicemos las posibilidades de tu caso en particular y realicemos al momento una primera valoración del cálculo de indemnización que te corresponde por el accidente y la incapacidad laboral si procediera.

El baremo de lesiones temporales para el año 2021 ha subido un 0,90% respecto al baremo 2020. Esto significa que las indemnizaciones que se paguen a partir de ahora se calcularan conforme a las nuevas cantidades.

Las cantidades que establece este baremo para el año 2021 son las siguientes:

  • Día de perjuicio muy grave: 105,35€
  • Día de perjuicio grave: 79,02€
  • Dia de perjuicio moderado: 54,78€
  • Día de perjuicio básico: 31,61€

Para que se pueda entender mejor y a título de ejemplo se podría decir que estos días de incapacidad temporal corresponderían a las siguientes situaciones:

  • Día en la UCI:105,35€
  • Día en el Hospital: 79,02€
  • Día de baja laboral: 54,78€
  • Día de baja médica: 31,61€

En síntesis, las principales novedades del baremo de indemnización por accidentes de tráfico suponen:

  • Aumento de la protección de las víctimas: se incrementa la protección a los perjudicados, especialmente a los menores de edad, y se establece un tratamiento resarcitorio y un sistema indemnizatorio actualizado y adaptado a la realidad.
  • Supuestos de fallecimiento: se mejora la percepción de las indemnizaciones mediante su individualización, teniendo en cuenta las nuevas estructuras familiares incrementándose notablemente las indemnizaciones. Se clasifican a los perjudicados en  cinco categorías autónomas: cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados. Considera que estos sufren siempre un perjuicio resarcible y de la misma cuantía, con independencia de que concurran o no en otras categorías de perjudicados.
  • Supuestos de secuelas o lesiones permanentes: se refuerza especialmente la reparación del gran lesionado que quede con discapacidades que requieran de apoyos intensos para su autonomía personal, indemnizando en todo caso el lucro cesante y daños emergentes. Además se revisa el baremo médico de secuelas para adaptarlo al estado actual de la ciencia.
  • Supuestos de lesiones temporales: se indemnizan en función del tipo de impedimento que ocasionen incluyendo además el perjuicio económico que se acredite y se reconoce la posibilidad de secuelas temporales y su indemnización. Además se indemnizan todos los gastos que genere las lesiones como por ejemplo, el incremento de costes de movilidad del lesionado, los desplazamientos de familiares para atenderle, gastos para atender a los familiares menores o especialmente vulnerables de los que se ocupaba el lesionado, etc.
  • Incremento de las indemnizaciones por accidente:
    • Las indemnizaciones por muerte se incrementan un 50% de media
    • Las indemnizaciones por secuelas se incrementan un 35% de media
    • Las indemnizaciones por lesiones se incrementan un 12,8% de media

Si has tenido un accidente, te ayudamos en tu indemnización. Llámanos al 900 22 22 24 o WhatsApp 673 963 063

Categories: Seguros

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